Mala praxis en psicología: lo que NO debes hacer en terapia

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Psicología Clínica

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¿Cuáles son mis deberes profesionales como psicólogo/a? ¿Cuál es la forma correcta de llevar a cabo una sesión terapéutica? ¿Qué es la mala praxis en psicología? Estas son algunas de las preguntas que suelen hacerse los/as psicólogos/as con poca experiencia al iniciarse en el mundo laboral. La profesión de psicólogo, al igual que otras muchas, debe cumplir una serie de principios éticos y morales los cuales se recogen en el Código Deontológico del Psicólogo. Aun así, es frecuente que se produzcan algunas faltas (algunas leves, otras más graves), que pueden influir de manera negativa en la relación terapéutica o en la recuperación del paciente. Estos errores, comúnmente llamados “mala praxis”, tienen asociados consigo una serie de sanciones.

A lo largo de este artículo conocerás cuáles son los errores más habituales en las consultas de psicología, así como la definición de mala praxis y las sanciones vinculadas a ella.

¿Qué es la mala praxis en terapia?

La mala praxis se refiere al incumplimiento de los principios éticos por parte de los profesionales, ya sean psicólogos/as o cualquier trabajador/a dentro de su campo profesional. También se considera mala praxis a la inadecuada aplicación de las habilidades terapéuticas en comparación con otros/as profesionales en la misma situación.

La psicología, en concreto, trata de preservar y mejorar la salud de las personas en base a la responsabilidad civil regida por el código que rige la profesión. En el ejercicio profesional de la psicología, los/as psicólogos/as realizan su labor, tanto bajo los principios teóricos y prácticos del marco científico, como bajo los principios éticos y legales que se recogen en el Código Deontológico del Psicólogo.

Por ende, la mala praxis en psicología se entiende como el fallo en la actividad profesional. En el caso de los/as psicólogos/as, el contexto terapéutico propicia que puedan ocurrir malentendidos o que se produzcan daños de tipo emocional en el/la paciente.

Existe tres conceptos principales al referirnos a la mala praxis:

  • Imprudencia: se refiere a la incapacidad del psicólogo/a para adecuar el tratamiento, teniendo en cuenta sus limitaciones y carencias.
  • Impericia: se refiere a la utilización de métodos y técnicas que el/la profesional no debe implementar en consulta por no haber recibido una formación suficiente para ello. 
  • Negligencia: ocurre cuando el/la psicólogo/a no presta la debida atención o descuida la relación terapéutica o el tratamiento. 

Faltas y sanciones por mala praxis en terapia 

A continuación, exponemos la clasificación de las distintas faltas que se suelen cometer en terapia y en qué consisten:

Faltas leves

Las principales faltas leves suelen ser el incumplimiento de la jornada laboral, la falta de respeto a los/as compañeros/as de profesión, la negligencia de las funciones del psicólogo y el incumplimiento del Código Deontológico.

Faltas graves

Se considera falta grave el incumplimiento de la asistencia laboral por períodos determinados, el abuso de autoridad sobre el/la paciente, el daño o deterioro de las instalaciones o herramientas de trabajo y la grave desconsideración hacia los/as compañeros/as de profesión. 

Faltas muy graves

Se consideran faltas muy graves, la discriminación por el motivo que sea al paciente o compañero/a de profesión, el abandono de los deberes laborales, el incumplimiento del secreto profesional, cualquier tipo de agresión por parte del terapeuta y el aprovechamiento del estatus del psicólogo para conseguir algún tipo de beneficio.

Las distintas sanciones que se pueden aplicar en base a las faltas cometidas son las siguientes, empezando por las más leves a las más graves:

  • Apercibimiento por escrito. Los/as profesionales que cometan faltas leves recibirán una amonestación por escrito.
  • Traslado a otro centro de trabajo. Se aplica en casos de faltas graves y supone el traslado por menos de 2 años.
  • Suspensión de las funciones profesionales. Se aplica a faltas muy graves, siendo el tiempo suspendido entre 2 y 6 años, y en faltas graves, siendo el tiempo suspendido inferior a 2 años.
  • Traslado de localidad y de centro de trabajo. Este tipo de sanción se reserva a las faltas muy graves, y consiste en el obligado desplazamiento del profesional a otra localidad, teniendo prohibido reincorporarse a su antigua localidad en un plazo de 4 años.
  • Apartado del servicio profesional. Esta sanción supone la suspensión absoluta del ejercicio profesional por un tiempo superior a 6 años.

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